Producto del Acuerdo Laboral del 2013, suscrito entre las organizaciones sindicales y la Administración Distrital, se creó el FONDO EDUCATIVO EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS PARA CAPACITACIÓN EDUCATIVA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL “FRADEC”, el cual está destinado al otorgamiento de créditos educativos 100% condonables por prestación de servicios y mérito académico, para financiar la educación formal de los empleados públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de los niveles asistencial, técnico y profesional que conforman las entidades del Distrito Capital, incluidos los del Sector Salud (Hospitales) y Organismos de Control, en los niveles de pregrado y posgrado, de acuerdo con los requisitos que señala el Reglamento Operativo del Fondo.
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Es importante señalar que el beneficiario funcionario del Distrito puede ser su propio deudor y para el efecto debe diligenciar primero el formulario de estudio sin deudor solidario, pagar el estudio y si es aceptado, continuar con el formulario de inscripción., dado que el formulario de inscripción solicita los datos del deudor solidario ya aceptado.
Si no es aceptado, debe diligenciar el formulario para estudio con UN deudor solidario, realizar el pago y si es aceptado el deudor, continuar con el diligenciamiento del formulario de inscripción.
En el formulario de inscripción del aspirante, se deben adjuntar los documentos en formato PDF para verificación de requisitos y calificación.
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Actividad | Fechas |
Inscripción de aspirantes portal WEB ICETEX https://portal.icetex.gov.co/Portal/Home/HomeEstudiante/fondos-en-administracion-Listado/fondo-fradec Diligenciar los dos formularios de:
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19 de mayo al 16 de junio de 2020 |
Documentos Para verificar el cumplimiento de requisitos de inscripción, en el formulario de inscripción, se deberán adjuntar en formato PDF, los siguientes documentos:
Nota: En caso de presentar discapacidad permanente, certificación de dicha situación, debidamente acreditada por autoridad competente a efectos de tenerse como factor de desempate de ser necesario. |
19 de mayo al 16 de junio de 2020 |
Evaluación y calificación de aspirantes a la financiación | 17 de junio al 27 de junio de 2020 |
Junta Administradora para aprobar beneficiarios | 30 de junio de 2020 |
Publicación de resultados aspirantes a la financiación admitidos y no admitidos | 3 de julio de 2020 |
Reclamaciones a través del siguiente correo: fradecreclamaciones@icetex.gov.co | 3 y 6 de julio de 2020 |
Junta Administradora para revisar reclamaciones y definir lista final de aprobados | 10 de julio de 2020 |
Publicación definitiva de aspirantes que presentaron reclamaciones y que fueron aprobados por la Junta Administradora del Fondo | 16 de julio de 2020 |
Legalización del crédito educativo con los documentos solicitados en el Reglamento del Fondo DE MANERA DIGITAL en la URL dispuesta por el ICETEX, subsanación de documentos cargados en la URL ICETEX (en caso de alguna observación) y firma de garantías de manera digital | 22 de julio al 06 de agosto de 2020 |
Los empleados públicos que se postulen como aspirantes a la financiación del Fondo “FRADEC”, deberán acreditar como mínimo los siguientes requisitos:
Con cargo al Fondo “FRADEC”, se financiará por semestre o ciclo académico, el rubro “Matrícula”, hasta por el monto señalado a continuación, para dar inicio o culminar Programas Académicos de educación formal del nivel de formación: Técnico Profesional, Tecnológico, Universitario y Postgrado, en Instituciones de Educación Superior de Colombia, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.
Nivel de Formación |
Monto máximo a financiar por semestre o ciclo académico |
Técnico Profesional |
Hasta 3 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
Tecnológico |
Hasta 3 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
Universitario |
Hasta 6 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
Postgrado |
Hasta 7 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
PARAGRAFO: Lo dispuesto en el presente artículo cobrará efectos jurídicos con la entrada en vigencia de la modificación al reglamento Operativo del Fondo –FRADEC, ocurrido a partir de la convocatoria No. 2017-2.
Los montos asignados en las anteriores convocatorias seguirán rigiéndose por el reglamento operativo vigente al momento de la adjudicación del crédito.
IMPORTANTE: El monto total del crédito educativo corresponderá a la sumatoria de los montos financiados para el rubro “Matrícula” por semestre o ciclo del Programa Académico cursado, no incluye valores tales como seguros, carnés, cursos vacacionales u otros diferentes al rubro matrícula.
Serán elegibles a la financiación del Fondo “FRADEC” los empleados públicos que vayan a cursar o culminar Programas Académicos en modalidad presencial, semipresencial o virtual en Instituciones de Educación Superior de Colombia, que se encuentren debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional.
Los plazos requeridos para el desarrollo de cada una de las actividades enmarcadas en la décima convocatoria del Fondo “FRADEC” corresponderán a los señalados en el numeral 1. Cronograma.
Los procedimientos que describen cómo se adelantarán cada una de ellas se relacionan a continuación.
5.1 Publicación, Apertura y Divulgación de la Convocatoria
La décima convocatoria del Fondo “FRADEC” (2020-2) estará publicada en la página del ICETEX https://portal.icetex.gov.co/Portal/Home/HomeEstudiante/fondos-en-administracion-Listado/fondo-fradec, Para su socialización, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD), efectuará la difusión de la Convocatoria a través de la página web www.serviciocivil.gov.co.
5.2 Inscripción Aspirantes a la Financiación y Deudor Solidario
Los empleados públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de los niveles asistencial, técnico y profesional que conforman las entidades del Distrito Capital, incluidos los del Sector Salud (Hospitales) y Organismos de Control, interesados en participar como posibles beneficiarios de la financiación, deberán conocer de manera integral el Reglamento Operativo del Fondo “FRADEC” así como los Lineamientos de la Convocatoria para surtir su proceso de inscripción, el cual deberá desarrollarse así:
El interesado que considere que reúne los requisitos y condiciones establecidos en la Convocatoria y el Reglamento Operativo, deberá acceder a traves del link: https://portal.icetex.gov.co/Portal/Home/HomeEstudiante/fondos-en-administracion-Listado/fondo-fradec”, a fin de diligenciar íntegramente el formulario de inscripción y el de deudor solidario.
La información registrada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante, por lo cual, si al momento de legalizar el crédito se encuentran inconsistencias, dará lugar a la no legalización del crédito y anulación de la aprobación de este, sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar.
IMPORTANTE:
5.3 Documentos para verificación de requisitos de inscripción y calificación
Para acreditar los Requisitos Mínimos de los Aspirantes del Crédito Condonable y como soporte para la Evaluación y Calificación, los funcionarios deberán registrar en el formulario de inscripción del ICETEX como archivos PDF los documentos, relacionados a continuación:
a. Misión y Funciones de la Entidad.
b. Nivel, Cargo, Código y Grado.
c. Tipo de Vinculación.
d. Fecha de Vinculación.
e. Asignación Básica Mensual.
f. Resultado de la última evaluación del desempeño
g. Si registra o no sanción disciplinaria en firme en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación a la financiación.
Además, deberá contener el tiempo de duración de los estudios de acuerdo con la periodicidad del mismo (bimestral, trimestral, semestral o anual), el costo por ciclo (bimestre, trimestre, semestre o año) y el costo total del Programa. También deberá relacionar la fecha de iniciación y terminación proyectada de los estudios.
En caso de presentar discapacidad permanente, certificación de dicha situación, debidamente acreditada por autoridad competente a efectos de tenerse como factor de desempate de ser necesario.
IMPORTANTE:
5.4 Evaluación y Calificación de Aspirantes a la Financiación
El ICETEX, a partir de la información consignada en la solicitud por el aspirante en el formulario de inscripción, determinará si éste cumple o no con los requisitos mínimos y demás condiciones para su inclusión al proceso. Las omisiones o inconsistencias en la información requerida, el incumplimiento de los plazos de inscripción o de los requisitos establecidos, serán causales de exclusión del proceso.
Consolidada la información de los aspirantes a la financiación que cumplen la totalidad de requisitos mínimos establecidos en la convocatoria se determinará si procede su admisión en el proceso y con base en la información diligenciada, el ICETEX procederá a evaluar y calificar cada una de estas solicitudes de financiación de conformidad con los siguientes criterios y puntajes:
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Antigüedad en el empleo |
Hasta 40 puntos |
Nivel del cargo desempeñado |
Hasta 20 puntos |
Resultado en firme de la última evaluación del desempeño laboral |
Hasta 15 puntos |
Congruencia del programa académico con la misión y funciones de la entidad |
Hasta 15 puntos |
Certificado electoral de la última jornada de comicios |
Hasta 10 puntos |
Total |
100 puntos |
5.4.1 Antigüedad en el Empleo – Hasta 40 puntos
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Entre 1 y 5 años |
Hasta 15 puntos |
Entre 5,1 y 8 años |
Hasta 25 puntos |
Entre 8,1 y 12 años |
Hasta 30 puntos |
Entre 12,1 y 16 años |
Hasta 35 puntos |
16,1 años o más |
Hasta 40 puntos |
5.4.2 Nivel del Cargo Desempeñado – Hasta 20 puntos
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Nivel asistencial |
20 puntos |
Nivel Técnico |
15 puntos |
Nivel Profesional |
10 puntos |
5.4.3 Resultado en firme de la última Evaluación Anual del Desempeño Laboral (EADL) – Hasta 15 puntos
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Resultado con EADL con calificación sobresaliente |
15 puntos |
Resultado con EADL con calificación diferente a sobresaliente |
10 puntos |
5.4.4 Congruencia del Programa Académico con la misión y funciones de la Entidad – Hasta 15 puntos
Criterio de Evaluación |
Calificación |
El programa académico guarda congruencia con la misión y funciones de la entidad. |
15 puntos |
El programa académico no guarda congruencia con la misión y funciones de la entidad. |
5 puntos |
5.4.5 Certificado electoral de la última jornada de Comicios – Hasta 10 puntos
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Presenta certificado electoral correspondiente a la última jornada adelantada en el país. |
10 puntos |
No presenta certificado electoral correspondiente a la última jornada adelantada en el país. |
5 puntos |
Para efectos de ser seleccionado como posible beneficiario a la financiación del Fondo, el postulante deberá obtener una calificación mínima de cincuenta (50) puntos como producto de la evaluación realizada por el ICETEX.
PARAGRAFO: En caso de calificaciones iguales entre dos o más postulantes, cuando los recursos del Fondo no sean suficientes para atender más solicitudes, se tendrán en cuenta los siguientes criterios para el desempate:
1. Menor asignación básica mensual del postulante.
2. Condición de discapacidad permanente, debidamente acreditada por autoridad competente.
En caso de prevalecer empate se dirimirá mediante sorteo, el cual será realizado por el ICETEX.
5.5 Publicación de Resultados de los aspirantes a la financiación admitidos en el proceso
A partir de evaluación y calificación realizada por el ICETEX, se celebrará una Junta para aprobar el listado de admitidos. El ICETEX efectuará la publicación de la totalidad de los aspirantes inscritos indicando si fueron admitidos o no para continuar en el proceso. La admisión al proceso estará determinada por la información consignada y los documentos soportes adjuntados por el aspirante, de acuerdo con el cumplimiento de los requisitos que hacen parte integral de la convocatoria.
IMPORTANTE: El ser admitido en el proceso NO genera ningún derecho para el aspirante a la financiación, ni obligación para el FONDO, hasta tanto no se verifique la disponibilidad presupuestal, se surta aprobación de la Junta Administradora del Fondo, el posible beneficiario debe efectuar los trámites de legalización del crédito educativo, se lleve a cabo la validación de la Calificación del postulante, una vez presentados los documentos soportes para la evaluación y se cuente con el concepto jurídico viable de las garantías por parte del ICETEX.
5.6 Reclamaciones
Los inscritos que no resulten admitidos para continuar en el proceso, podrán presentar la reclamación respectiva en el correo fradecreclamaciones@icetex.gov.co , dentro de los terminos señalados en la convocatoria. Es importante aclarar que en la fase de reclamaciones no será procedente modificar, ampliar o reemplazar la información inicialmente consignada en el formato de inscripción. Las reclamaciones presentadas son puestas a consideración de la junta para su validación.
5.7 Aprobación de la Junta Administradora del Fondo de los Posibles Beneficiarios a la Financiación
La aprobación de beneficiarios y adjudicación de los créditos estará a cargo de la Junta Administradora del Fondo “FRADEC”, a partir de la evaluación realizada por el ICETEX, entre los aspirantes que hayan obtenido o superado la calificación mínima establecida hasta agotar el presupuesto disponible, protegiendo siempre la sostenibilidad de las cohortes y teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por el Fondo, así como el estricto orden de mérito resultante de este proceso.
5.8 Legalización del Crédito
5.8.1 Recepción de Documentos
Los funcionarios relacionados en el Listado de Admitidos aprobado por la Junta Administradora de FRADEC deberán allegar por el medio que establezca el ICETEX, los siguientes documentos:
1. Formulario ICETEX diligenciado vía Web.
2. Fotocopia del documento de identidad del beneficiario.
3. Fotocopia del documento de identidad del deudor solidario, cuando a ello haya lugar.
4. Si el deudor solidario consigno en el formulario que era independiente debe anexar la declaración de renta del año gravable inmediatamente anterior si la tiene, y/o el certificado de ingresos y retenciones, firmado por contador público titulado en donde se anexe la copia de la tarjeta profesional y copia de la identificación del contador que certifica.
Si el deudor solidario consigno en el formulario que es empleado debe anexar el certificado de Ingresos y retenciones del año gravable inmediatamente anterior.
5. Formulario de información del deudor solidario registrado en la página Web de ICETEX Y la aprobación del estudio realizado por la central de riesgos determinada por el ICETEX.
5.8.2. Constitución de garantías
La obligación crediticia podrá ser respaldada directamente por el beneficiario (a) a la financiación; no obstante, en caso de que el resultado del estudio realizado por la central de riesgos sea negativo, habrá lugar a la presentación de deudor solidario para su estudio y aprobación.
Los funcionarios deberán suscribir un Pagaré (implica la firma digital del mismo por parte del beneficiario (a) y una Carta de Instrucciones (manifestación de conocer y aceptar las obligaciones adquiridas con el ICETEX, y lo autorizan para llenar los espacios en blanco del pagaré que se suscriba implica la firma digital)., previa aprobación del estudio del deudor solidario (cuando haya lugar), el cual deberá ser tramitado a través de la página web y efectuado por la central de riesgos establecida por el ICETEX.
El ICETEX verificará a partir de la totalidad de la documentación aportada, de la evaluación realizada y las calificaciones obtenidas, si el aspirante cumple o no con la totalidad de los requisitos, procedimientos y condiciones exigidas en la convocatoria. Con estos resultados se emitirá el concepto jurídico de acceso al crédito educativo.
La obligación crediticia podrá ser respaldada directamente por el funcionario; no obstante, en caso de que el resultado del estudio realizado por la central de riesgos sea negativo, habrá lugar a la presentación de deudor solidario para su estudio y aprobación
IMPORTANTE: La legalización del crédito educativo se encuentra sujeta a los requisitos que establezca el ICETEX para tal efecto y serán de obligatorio cumplimiento por parte de los aspirantes a la financiación.
De acuerdo con lo establecido en el reglamento operativo del Fondo FRADEC.
Cuando los funcionarios requieran tiempo de la jornada laboral para el desarrollo de los estudios, deberán gestionar ante la Subdirección del Talento Humano o la dependencia que haga sus veces dentro de la entidad en la que laboran, el respectivo permiso de estudios de conformidad con los trámites que para tal efecto estén establecidos para la solicitud, aprobación y compensación del respectivo permiso.